En fallo plenario me acusaron
haber abandonado
mi persona.
¿Pueden hacerlo?
¿Pueden demostrarlo?
¿Pueden arrestarme?
¿Pueden cerrarme el pico?
¿Pueden ignorarme?
¿Puedo defenderme?
¿Puedo arrepentirme?
¿Pueden ayudarme?
Dudé.
En fallo plenario me acusaron
haber abandonado
mi persona.
¿Pueden hacerlo?
¿Pueden demostrarlo?
¿Pueden arrestarme?
¿Pueden cerrarme el pico?
¿Pueden ignorarme?
¿Puedo defenderme?
¿Puedo arrepentirme?
¿Pueden ayudarme?
Dudé.
Casi todo lo que pregunta es qué pueden hacerle los otros, y el puedo llega recién al final. Uno se defiende primero de afuera, y mirarse queda para después.
Abandono de persona es figura penal de verdad, la del que deja solo a alguien que no puede valerse. Acá el acusado y la víctima son el mismo tipo, y el expediente se cierra con una sola palabra de descargo.
La sombra de un mosquito:
Dos calcetines sucios
No fue la primera,
No te frustres.
Yo nunca tuve botas.
Dextrocardia me enseñaron.
Mis días son amargos
Hoy visita mi jardín
En unanimidad me acusaron,